Imputaron de oficio a Netflix por incluir cláusulas abusivas en sus términos y condiciones

El Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica bonaerense, a través de la Dirección Provincial de Defensa de los Derechos de las y los Consumidores y Usuarios, dependiente de la Subsecretaría de Desarrollo Comercial y Promoción de Inversiones, detectó la inclusión de cláusulas abusivas incorporadas en los términos y condiciones de Netflix , que infringen la ley de Defensa del Consumidor.  

Se constató, analizando los «Términos de Uso de Netflix» que rigen la contratación, que la reconocida empresa mediante una redacción compleja y poco clara, impone a sus usuarias y usuarios cláusulas que se presentan abusivas. En primer lugar, el análisis advirtió que Netflix determinó «de manera absoluta, general y taxativa que los pagos que realicen los consumidores no serán reembolsables ni se otorgarán créditos en favor del consumidor en ningún caso», algo que genera confusión y error en el usuario, y la «falsa creencia de que nada podrá reclamar una vez efectuada la contratación y realizado el pago, aun en supuestos de incumplimientos de la empresa, falta o defectuosa prestación del servicio», señaló la Provincia en un comunicado.

Por otro lado, la empresa estableció una cláusula de exoneración y/o limitación de responsabilidad imponiendo a sus usuarios la renuncia a futuros reclamos por la prestación del servicio y a los daños que se les pudieren generar, «declarando por anticipado que el servicio de Netflix puede presentar interrupciones y errores y se ofrece en esas condiciones, sin garantías, lo que resulta además violatorio al deber legal de garantía que poseen todos los productos y servicios conforme la ley Nacional de Defensa del Consumidor», precisaron.

Además, los términos y condiciones obligan a renunciar a sus usuarios a la posibilidad de reclamos colectivos, y/o a participar de acciones colectivas de reclamo en defensa de sus derechos. También establece que los términos de uso se regirán y se interpretarán de acuerdo a la Ley del estado de Delaware (EE.UU). «Es decir, un usuario o usuaria que se encuentra en la Provincia de Buenos Aires, que se rige por las normas nacionales y provinciales, que consume los servicios en el territorio Bonaerense, debe regirse por la Ley de un Estado Norteamericano. En total violación a lo establecido por los artículos del Código Civil y Comercial de la Nación», indicaron.

Todo esto está «en infracción del artículo 4° y 37, inciso b) de la Ley 24.240, Resolución Nº 53/2003 de la ex Secretaría de la Competencia, la Desregulación y la Defensa del Consumidor, Resolución Nº 994/2021 de la SCI de la Nación y el Código Civil y Comercial de la Nación», por lo cual la Provincia decidió cumplir con el deber de controlar los contratos de adhesión, ya que «las y los consumidores contratan directamente sin posibilidad de negociar». Además, buscan evitar conductas que puedan resultar violatorias a la normativa de defensa de los consumidores.

La empresa Netflix, que ya fue notificada, ahora deberá adecuar, modificar y/o suprimir las cláusulas observadas y posee cinco días hábiles e improrrogables para presentar su descargo.

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Los días pueden ser iguales para un reloj, pero no para un hombre. MARCEL PROUST.

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